La pena de muerte, es una de las respuestas del Estado a
las infracciones de los ciudadanos a las leyes establecidas.
Son ellas la expresión de la máxima violencia posible en un
Estado de Derecho. Sólo el Estado puede imponerlas, previo juicio objetivo,
realizado por jueces imparciales, autónomos e independientes.
El derecho penal moderno no considera las penas como un
castigo, solamente. Se trata de sanciones legales aplicadas exclusivamente por
el Estado, con el deliberado propósito de impedir nuevos hechos delictivos.
Desde el principio de la
humanidad se aplicó la pena de muerte.
La pena de muerte tiene su origen en los actos de venganza
que se llevaban a cabo entre las tribus y familias ante las ofensas recibidas
por el clan. Sin embargo, con la evolución se instalaron las sociedades
tribales en las que el propio sistema fue limitando tales acciones de venganza.
De esta manera, en la Torá (Ley judía) y en el Pentateuco (el conjunto de los
cinco primeros libros del Antiguo Testamento Cristiano) se preveían 35 delitos
capitales.
En la Antigua Grecia,
la lista de delitos condenados con pena de muerte era bastante extensa e
incluso se concedía el “suicidio forzado” para los aristócratas.
En Roma, el primer
delito castigado con la pena de muerte fue el de “Perduellio”, traición a la
patria. Más tarde se aplicó también a otros delitos, siendo esta la pena
imperante.
Un tiempo después y aunque sin ser abolida cayó en
desuso, restableciéndose posteriormente con los emperadores.
En la Europa Medieval
la pena de muerte se empleaba de manera generalizada, sin embargo no eran
extrañas las peticiones a favor de su reforma.
Durante la Revolución Francesa,
el código penal de 1791 recogió una sentencia que años anteriores había
conseguido abolir el propio Luis XVI, sin embargo éste acabo sufriendo la
propia condena y se ordenó la aplicación general del sistema de decapitación
(ya no sólo para los nobles, sino para todos igual).
La pena se imponía por homicidio, por delitos que
actualmente conocemos como patrimoniales, delitos sexuales, delitos contra la
salud (como lo era la embriaguez consuetudinaria) delitos del orden político,
así como militar, lo mismo para lo que hoy conocemos como delitos del fuero
común.
En los últimos siglos, la aparición de modernas
naciones-estado ha traído consigo el concepto fundamental de “ciudadano” lo que
ha provocado que la justicia se asocie cada vez más a la “igualdad” y la
“universalidad”, lo que supuso una disuasión de la pena de muerte siendo menos
necesaria para la prevención de delitos menores como el robo.
Las formas de ejecución de la
pena fueron muy variadas de acuerdo a los usos y costumbres de los diferentes
pueblos, había entre otras:
La lapidación
La rueda
La hoguera
La horca
El garrote (“Garrote Vil” en España)
La silla eléctrica
La inyección letal (utilizada actualmente en EE.UU.)
Como se puede apreciar, estas formas de ejecución han
experimentado una cierta evolución, en lo que se refiere a crueldad hacía el
condenado. Esta evolución podría tener varios motivos, entre ellos el de
disminuir el sufrimiento, la rapidez, etc.
En función de la situación de la pena de muerte en cada
país, se concibe una distinción por sistemas:
Los “países plenamente
abolicionistas”, son aquellos que han eliminado por completo la aplicación
de esta condena.
Los “países cuasi-abolicionistas” son los que se
reservan la aplicación de esta condena en caso de guerra.
Los “abolicionistas de facto” se refiere a
aquellos países en los que la pena de muerte continúa en vigor, pero que sin
embargo no se realizan ejecuciones (como por ejemplo Marruecos o Rusia).
Los “países retencionistas” son aquellos
que sí que conservan la pena de muerte pero además también la aplican.
Según datos de Aministía Internacional (2011), el mayor
número de personas ejecutadas a día de hoy tiene lugar en el continente Chino,
seguido de países como Irán o Estados Unidos. Sin embargo, cada vez son más los
países que restringen su uso.
Fuente: Varias páginas de la web
No hay comentarios:
Publicar un comentario